Uno de los cambios más relevantes de la Ley 19.628 (mod. Ley 21.719) es el régimen de sanciones económicas. Por primera vez en Chile existe una autoridad con poder real para multar a quienes incumplan la normativa de datos personales.
Tipos de infracción y montos
- Infracción leve: amonestación escrita o multa de hasta 5.000 UTM.
- Infracción grave: multa de hasta 10.000 UTM.
- Infracción gravísima: multa de hasta 20.000 UTM (aproximadamente $1.580 millones de pesos).
Más allá de la multa
El costo de incumplir no es solo económico. La Agencia puede publicar las sanciones, lo que genera daño reputacional. Además, existe responsabilidad civil frente a los titulares afectados y riesgo de perder contratos con clientes que exigen cumplimiento.
¿Qué se considera infracción gravísima?
Entre otras: tratar datos sin base legal, no respetar los derechos de los titulares de forma reiterada, transferencias internacionales sin garantías, o no notificar una brecha de seguridad relevante.
Cómo reducir la exposición
La mejor defensa es el cumplimiento demostrable: tener el registro de tratamiento (RAT), políticas vigentes, contratos con proveedores y un protocolo de brechas. Ante una fiscalización, poder demostrar que actúas conforme a la ley es lo que marca la diferencia.
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